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Publicada en el BOE la nueva normativa de CB para España

Hoy, día de los Reyes Magos, se publica en el Boletín Oficial del Estado un nuevo reglamento para el uso del Dominio Público Radioeléctrico de la Banda Ciudadana CB-27 en el estado español que deja sin validez a los anteriores y que entrará en vigor mañana domingo. Se puede descargar el documento oficial en formato PDF siguiendo este enlace.
Un vistazo por encima a la nueva norma deja resaltar muy pocos cambios con respecto a la actual:
 
  • Para el trámite de solicitud de licencia no será necesario desplazarse a las oficinas de Telecomunicaciones. Podrá hacerse por correo, descargándose de internet los documentos a rellenar por los interesados.
     
  • Si uno o varios equipos han estado con anterioridad bajo una licencia podrán figurar en una nueva proporcionando una justificación fehaciente.
     
  • Las autorizaciones de CB-27 tendrán carácter indefinido y conservarán su vigencia mientras su titular no manifieste su renuncia, aunque hay que comunicar a la administración cada cinco años la intención de seguir haciendo uso de la Banda Ciudadana.
    Por lo demás, la 'nueva' norma sigue igual:
     
  • Necesaria la licencia para hacer uso de la CB.
     
  • Los 40 canales 'de siempre'.
     
  • 4 vatios para emitir en AM-FM y 12 vatios en SSB.
     
  • Asignación de indicativo para las estaciones de Banda Ciudadana.
     
  • No está permitida la conexión de estaciones de CB a la red telefónica pública o a otras instalaciones de telecomunicaciones.
  • Reglamentacion del uso de la CB

    Uso libre

    Con licencia

    Alemania

    Austria

    Bélgica

    Chequia

    Dinamarca

    Eslovaquia

    España

    Finlandia

    Francia

    Gran Bretaña

    Grecia

    Holanda

    Irlanda

    Italia

    Letonia

    Luxemburgo

    Noruega

    Portugal*

    Suecia

    Suiza

    Otros Paises

    Australia*

    Chile

    Costa Rica**

    Estados Unidos

    Nueva Zelanda***

    Uruguay

    Canada Brasil
    Corea del Sur Venezuela

    En Portugal es necesiario un certificado de registro en la administración de telecomunicaciones.
    En Australia CB en 27 MHz y en UHF. Sólo para repetidores en UHF es requerida licencia.
    En Nueva Zelanda CB en 26 MHz y en UHF. Sólo para repetidores en UHF es requerida licencia.
    En Costa Rica es necesario permiso TEA simbólico por $1.5